La Ley Nacional de Tránsito establece que debe coincidir el domicilio que figura en el DNI con el que figura en el carnet de conducir.
En el caso de que una persona cambie de domicilio, debe hacer lo mismo con la Licencia de Conducir.
Si cambia de jurisdicción, el carnet de conducir pierde su vigencia a los 90 días de haber hecho el cambio de domicilio. Si se hace el cambio de carnet dentro de ese período de 90 días no implica volver a realizar exámenes médicos, teóricos y prácticos. Si supera los 90 días se debe tramitar desde cero un nuevo carnet con todos los exámenes correspondientes.
La Ley Nacional exige tramitar la licencia en la localidad en la que figura el domicilio vigente.
Ante un control vehicular, si los datos del domicilio no se corresponden en DNI y Licencia de Conducir, ésta última será retenida para se solicite la nueva.